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La asignación de velocidades en Panamá está regularizada mediante el '''Art. 181. DECRETO EJECUTIVO No. 640 (De 27 de diciembre de 2006)''' también llamado "'''Reglamento de Tránsito Vehicular de la República de Panamá'''"
La asignación de velocidades en Panamá está regulada por el '''Art. 181. DECRETO EJECUTIVO No. 640 (De 27 de diciembre de 2006)''' también llamado "'''Reglamento de Tránsito Vehicular de la República de Panamá'''"


[http://www.transito.gob.pa/sites/default/files/reglamento_decreto_640.pdf Descarga el reglamento aquí]
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Revisión del 04:49 22 jul 2021

La asignación de velocidades en Panamá está regulada por el Art. 181. DECRETO EJECUTIVO No. 640 (De 27 de diciembre de 2006) también llamado "Reglamento de Tránsito Vehicular de la República de Panamá"

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Basados en este documento, La comunidad WAZE de Panamá estipula la siguiente tabla para una mejor comprensión y orientación de las vías en toda la República.

Se enfatiza en que la prioridad en las velocidades está en la señal física en el lugar y solamente se aplicará la información de la tabla de velocidades en los lugares donde NO EXISTA SEÑALIZACIÓN ó CONOCIMIENTO del editor.


Las zonas escolares por reglamentación deberán estar limitadas a 30 kms/h en horarios establecidos. Por temas de programación de restricciones en WAZE y los días feriados en Panamá, esta restricción no será establecida en los segmentos respectivos mientras se encuentra una solución correcta para que lo haga de manera automática.